Os remitimos el ultimo documento presentado por la administración a la mesa. Hay quien le servirá para desconvocar el plante, habrá quien opine lo contrario y quien se abstenga, hacédnoslo llegar por medio del foro o los correos electrónicos de CERA y AMARYS con vuestro DNI, nombre completo, puesto de trabajo como médico o ATS y Centro de Salud al que pertenecéisHola,
El SALUD acaba de enviar las ultimas conclusiones sobre la Estructuración.
Os remitimos el documento con texto en
color rojo las ultimas modificaciones que han incluido.
Debido a que tenemos imposibilidad física de convocar Asamblea General Extraordinaria antes del cierre del CALENDARIO TRIMESTRAL para valorar el nuevo documento y decidir en votación asamblearia desconvocar o NO el plante en vista a las mejoras añadidas vamos a realizar la votación por INTERNET.
El procedimiento a seguir es el siguiente:
1. Leerse el documento y valorar las mejoras añadidas en comparación con el previo de fecha 2 de junio de 2008 y que ya os remitimos en la convocatoria de la Asamblea anterior.
2. Solo hay una votación: DESCONVOCAR PLANTE: SI, NO, ABSTENCION
3. Rellenar la papeleta virtual que os remitimos, en categoría profesional poner medicina o enfermería y en lo de la votación poner SI, NO o ABSTENCION
4. Mandarla a la siguiente dirección:
sarirefuerzos@gmail.com5. El plazo concluye el jueves 19 de junio a las 15 horas.
Un saludo
C
CONCLUSIONES DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE REFUERZOS
El Punto 8.2 del Acuerdo de 13 de noviembre de 2007, en materia de políticas de empleo, establecía que “Tras la firma del presente Acuerdo, se constituirá de inmediato un grupo de trabajo con las organizaciones sindicales firmantes para determinar el número total de plazas a crear, su distribución por sectores y la definición de dichos puestos de trabajo, incluida la delimitación de la jornada, sobre la base de la propuesta presentada por el Servicio Aragonés de Salud. Dicho grupo presentará sus conclusiones a 31 de mayo de 2008.”
1.- DEFINICIÓN DE LOS NUEVOS PUESTOS DE TRABAJO
Con carácter previo a la determinación del número total de plazas a crear y a su distribución por sectores, la Administración propone, y es aceptado por la representación sindical, abordar la definición de los nuevos puestos de trabajo. Para llevar a cabo dicha definición, existe consenso en diferenciar varios aspectos sobre los que se puede avanzar:
- Naturaleza de los nuevos puestos de trabajo
- Dependencia orgánica y funcional
- Funciones
- Jornada de trabajo
- Retribuciones
- Vacaciones y permisos
- Formación
En todo caso, la determinación de todos estos aspectos se llevará a cabo dentro del estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y de los acuerdos adoptados en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad.
Naturaleza de los nuevos puestos de trabajo
La categoría profesional es la de Médico de Atención Primaria / Enfermera. Estas nuevas plazas vendrían a dotar unos puestos de trabajo específicos, distintos de los Médicos y Enfermeras de Equipo de Atención Primaria, que es necesario configurar. La denominación consensuada de los nuevos puestos es:
- Médico / Enfermero de Atención Continuada en Atención Primaria
Una vez obtenida plaza fija en el Servicio Aragonés de Salud, estos profesionales podrán participar en los procesos de movilidad voluntaria que se convoquen para las categorías de Médico de Atención Primaria y Enfermera.
Sin perjuicio de las funciones específicas que tienen encomendadas, los Médicos y Enfermeros de Atención Continuada formarán parte del Equipo de Atención Primaria en igualdad de derechos y deberes que el resto de los sanitarios que lo formen. En todo lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, les serán de aplicación sin excepción todos los acuerdos de Mesa Sectorial vigentes a la fecha y aplicables al resto del EAP.
Dependencia orgánica y funcional
Los puestos de trabajo de Médico / Enfermero de Atención Continuada en Atención Primaria tendrán dos modalidades:
- Adscripción prioritaria y con carácter general a una ZBS, que debería ser la aplicable a la mayoría de los puestos
- Adscripción al Sector, de forma excepcional, siéndoles asignadas dos o más Zonas Básicas, que en todo caso quedarán identificadas en las plantillas.
Dichas plazas tendrán asignado el Complemento de Productividad situado en el límite superior de la escala establecida.
Su dependencia vendrá dada en función de su adscripción. Es decir, si están adscritos a una ZBS, dependerán del responsable del Equipo. Si se adscriben al Sector, dependerán de la Dirección de Atención Primaria en cuanto a la planificación de sus actividades, y del responsable del correspondiente Equipo respecto de las actividades que desarrollen en cada ZBS.
Funciones
a) La prestación de la atención continuada y urgente, en el ámbito de su nombramiento, durante fines de semana y festivos en aquellos centros que permanezcan abiertos todo el año, así como para cubrir la actividad de dicha naturaleza que no sea realizada por los miembros del Equipo o Equipos de Atención Primaria con tarjetas asignadas.
b) Apoyar el funcionamiento del Centro en el que deban prestar servicios, con ocasión de ausencias y permisos reglamentarios del personal médico y de enfermería con población asignada y la cobertura asistencial de las incidencias que se produzcan, en coordinación con todos los profesionales del Equipo.
c) Participar, como miembros de los Equipos de Atención Primaria, en aquellas actividades e iniciativas que mejoren la atención sanitaria a los usuarios y la organización de los Equipos y Unidades, así como la coordinación con el resto de dispositivos del Sector correspondiente, sin que ello suponga obligación de asistencia fuera de su jornada de trabajo.
Jornada de trabajo
En los centros de apertura permanente, habida cuenta de la peculiaridad de los horarios en que realizan su actividad, la jornada de trabajo de estos profesionales queda establecida en 1.540 horas. La jornada de trabajo en el resto de los centros será la establecida con carácter general para los profesionales de Atención Primaria.
La jornada ordinaria de este personal se cubrirá mediante una actividad “de atención continuada”, destinada a cubrir los turnos de guardia, y mediante una actividad “ordinaria”, consistente en el apoyo al funcionamiento del Centro con ocasión de incidencias y ausencias y permisos reglamentarios. En función del número de profesionales del equipo se especificará el porcentaje de jornada dedicado a esta última actividad en cada centro, que será de entre un 10% y un 25 %, siempre que las necesidades de los centros así lo exijan. Dichos porcentajes podrán incrementarse hasta un 10 % en función de las circunstancias de cada Zona de Salud, a propuesta del Equipo y previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento.
Como excepción, en los centros de la ciudad de Zaragoza el porcentaje de jornada dedicado a actividad “ordinaria” será, al menos, el necesario para completar la jornada anual, una vez cubierta la atención continuada.
La jornada complementaria será la que exceda de la jornada ordinaria anterior.
La programación de la actividad se realizará con carácter trimestral, especificando las guardias a realizar por los Médicos y Enfermeros de Atención Continuada, de forma que queden garantizados, al menos, cuatro fines de semana libres al trimestre en el ámbito urbano y cinco en los centros que prestan servicio 24 horas.
Será de plena aplicación a estos puestos de trabajo lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y en el “Acuerdo sobre tiempos de trabajo, jornada y horario de los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud”, en cuanto al descanso entre jornadas y al descanso semanal.
Retribuciones
Las retribuciones serán las mismas que se hallan previstas para los Médicos y Enfermeros en Atención Primaria, si bien, al no tener población asignada, el Complemento de Productividad se abonará en función de una escala, según la población de la zona o zonas en las que cada profesional preste servicios de atención continuada, dividida por el número de puestos de guardia equivalentes, hasta alcanzar una retribución total anual mínima de entre 41.322,48 € y 44.898,24 € para personal médico, y de entre 27.207,44 € y 29.427,44 €
[1] para personal de enfermería, a la que se añadirá la correspondiente a trienios y, en su caso, carrera profesional.
Las horas de atención continuada que excedan de la jornada
ordinaria anual se abonarán como jornada complementaria. (Complemento de Atención Continuada).
Vacaciones y permisos
El disfrute de las vacaciones y permisos de este personal se realizará según las normas y criterios establecidos con carácter general. No obstante, el disfrute del 50% de las vacaciones durante el periodo vacacional queda supeditado a la garantía de cobertura de la atención continuada
por parte del Equipo de Atención Primaria.
Formación
Los cursos de formación programados por el Servicio Aragonés de Salud y por los Sectores Sanitarios se ofertarán a estos profesionales en igualdad de condiciones que al resto de los profesionales de los Equipos.
Comisión de Seguimiento
En el plazo de 6 meses desde la creación de las plazas destinadas a dotar los nuevos puestos se constituirá una Comisión de Seguimiento, formada por el Servicio Aragonés de Salud y las organizaciones sindicales firmantes del Acuerdo, con el fin de velar por el correcto desarrollo del proceso.
2.- CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO DE PLAZAS
1.- Exclusivamente al objeto de calcular el número de plazas de Médicos y Enfermeros de Atención Continuada en Atención Primaria a crear en cada Zona Básica de Salud y en cada Sector con la excepción de la ciudad de Zaragoza, se utilizarán los siguientes criterios:
a) El EAP y los Médicos y Enfermeros de Atención Continuada en Atención Primaria deben cubrir en su totalidad las horas de guardia que se realizan actualmente en los Centros de Salud y los Puntos de Atención Continuada.
b) Los Médicos y Enfermeros que ocupan plaza de EAP realizan como jornada complementaria las siguientes horas de guardia:
Equipos rurales hasta 700 horas.
Equipos urbanos (considerando como tal a los que tienen en el municipio de cabecera más de 8000 habitantes) hasta 425 horas.
c) Los Médicos y enfermeros de Atención Continuada en Atención Primaria realizarán como jornada complementaria hasta 700 horas de guardia.
d) Los Médicos y Enfermeros de Atención Continuada en Atención Primaria realizarán todas las sustituciones de las vacaciones y días de libre disposición de los miembros de los EAP con tarjetas asignadas
hasta cubrir el porcentaje que le corresponda y que estará previamente fijado para cada plaza.
e) Cuando los restos de los números enteros resultantes del cálculo del número de profesionales necesarios en cada Zona de Salud sean del 0,8 o superiores se creará una plaza en el centro de salud. Cuando sean inferiores a 0,8 los restos se acumularán para calcular el número de plazas adscritas al Sector.
2.- En la ciudad de Zaragoza, en función de la presión asistencial y del número de horas de atención continuada que se realizan en los Centros de Salud, se crearán 1 ó 2 plazas asignadas a cada Equipo, y el resto, hasta un total de 69 plazas, quedarán adscritas al correspondiente Sector. En el caso de enfermería, se crearán 29 plazas asignadas a los diferentes Equipos.
3.-
Para la creación de plazas estructurales en las plantillas orgánicas no se han tenido en cuenta las exenciones de guardias autorizadas en los diferentes Equipos. En caso de que, por dicha causa, sean necesarios coyunturalmente más puestos de trabajo de Médicos y Enfermeros de Atención Continuada, podrán realizarse nombramientos eventuales con el mismo contenido funcional e idénticas condiciones laborales y retributivas que las plazas de nueva creación.
3.- CRONOGRAMA DE APLICACIÓN
A) Primer Trimestre 2009: creación de las plazas en las plantillas orgánicas, mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón.
B) Segundo Trimestre 2009: aprobación de la Oferta Pública de Empleo específica incluyendo todas las plazas de nueva creación
C) Segundo Trimestre 2009: convocatorias Concurso-Oposición
D) Tercer/Cuarto Trimestre 2009: celebración pruebas selectivas
E) Primer trimestre 2010: toma de posesión
F) En caso de producirse retrasos que impidan el cumplimiento de esta última previsión, se procedería a cubrir las plazas mediante nombramientos de interinidad.
[1] cuantías de 2008ERA
TEXTO DEFINITIVO