lunes, 12 de mayo de 2008

Reunión CEMSATSE-Administración

Conclusiones de la reunión celebrada este lunes entre CEMSATSE y administración. Redactado por S.Lou y supervisado por Refuerzos de la mesa de Cemsatse.

En rojo los puntos negociados
En Azul la propuesta de la administración


Reunión Grupo de Trabajo Estructuración Refuerzos
CEMSATSE 12-05-08

Previa: Al inicio de la reunión se exponen los incumplimientos detectados en la aplicación de las instrucciones de diciembre, entre otras: no se está pagando todavía la parte proporcional de descanso semanal en contratos de corta duración, en algunos centros no se respeta la preferencia de los refuerzos a la hora de ofertar las sustituciones, y en algunos centros se está volviendo a ofertar contratos de 4 horas. Sobre la primera informan que están en ello, se sorprenden y toman nota de las otras dos.

Borrador presentado:

INTRODUCCIÓN: sin problemas

1.- DEFINICIÓN DE LOS NUEVOS PUESTOS DE TRABAJO

El punto a de “Funciones” es aplicable sólo a refuerzos rurales, no sirve para refuerzos urbanos; habría que corregirlo.

a) La prestación de la atención continuada y urgente, en el ámbito de su nombramiento, durante fines de semana y festivos, así como para cubrir la actividad de dicha naturaleza que no sea realizada por los miembros del Equipo o Equipos de Atención Primaria.”


Jornada de trabajo

“La jornada será la establecida con carácter general para los profesionales de Atención Primaria.”

Es inaceptable para los refuerzos rurales. Argumentan que el trabajo que está definiendo no encaja ni con trabajo a turnos ni con trabajo nocturno, y que por tanto no es aplicable la reducción de jornada que prevee la actual normativa para este tipo de trabajos. Nuestro sindicato entiende que, aunque eso sea cierto en sentido estricto, las plazas que está estructurando tienen una jornada ordinaria que no es a turno fijo y que si tiene nocturnidad, por lo que debe establecerse una reducción de jornada (máximo en torno a 1500 horas/año).

“La jornada ordinaria de este personal se cubrirá mediante una actividad “de atención continuada”, y mediante una actividad “ordinaria”, derivada de las sustituciones. El porcentaje de jornada dedicado a esta última actividad será, como mínimo, de un 35 % para los centros que prestan servicio de forma ininterrumpida durante 24 horas, y de un 50% para el resto, siempre que las necesidades de los centros así lo exijan.”

La distribución de jornada entre atención continuada y sustituciones, tal y como está redactado para los refuerzos rurales (porcentaje mínimo de sustituciones del 35 %) es inaceptable. Argumentan que se han equivocado en la redacción, que querían decir que el % MÁXIMO de sustituciones sería del 35 %, que en realidad habría un % mínimo de 0% y otro máximo del 35 %, que ese % se individualizaría para cada EAP y que, por tanto, sería conocido a la hora de optar a la plaza. En la reunión previa propusimos un % mínimo del 10-15 % y otro máximo del 20-25 % sobre una jornada de 1500 horas, que deberían ser individualizado por EAP.
De un máximo de 375 horas/año de sustituciones (25 % de 1500) e carácter excepcional y justificado por la opción a estabilizar una plaza más, pasamos a 559 (35 % de 1598 horas) sin más justificaciones. Argumentan que es necesario en algunos EAP y citan los de Barbastro, Monzón y algunos otros. Aunque desconocemos como está organizada la Atención Continuada en estos centros, pensamos que esto sigue siendo inaceptable, entre otras cosas porque es incompatible con otros puntos del documento (periodo vacacional), y que en todo caso podría aceptarse de forma excepcional para algún EAP siempre y cuando se demuestre que es viable, que permite una normal aplicación del apartado de periodos vacacionales y que es aceptado por los refuerzos.

Para refuerzos urbanos proponen el 50%, que es totalmente incongruente con el criterio que más adelante proponen para establecer el número de refuerzos que necesita un EAP urbano.


Retribuciones

“Las retribuciones serán las mismas que se hallan previstas para los Médicos y Enfermeros en Atención Primaria, si bien el Complemento de Productividad por TIS se calculará aplicando el porcentaje de “actividad ordinaria” que realicen al promedio que perciban los profesionales con tarjetas asignadas.”

Inaceptable. El complemento de productividad por TIS debe aplicarse al total de la jornada ordinaria, es decir, igual que al resto de miembros del EAP.

Vacaciones y permisos

“El disfrute de las vacaciones y permisos de este personal se realizará según las normas y criterios establecidos con carácter general. No obstante, el disfrute del 50% de las vacaciones durante el periodo vacacional quede supeditado a las necesidades del servicio.”

La redacción no es muy buena, ya que la segunda parte del párrafo es contradictoria con la primera. Explican que lo del 50 % es una excepción a las normas y criterios establecidos con carácter general. Matizamos que deben delimitarse las “necesidades de servicio” a las que se supedita la aplicación real de este epígrafe, en el sentido de que esas necesidades deberían ser única y exclusivamente las derivadas de la cobertura de la Atención Continuada (punto a de “Funciones”).


2.- CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO DE PLAZAS

1.- Al objeto de calcular el número de plazas de Médicos y Enfermeros de Atención Continuada en Atención Primaria a crear en cada Zona Básica de Salud y en cada Sector con la excepción de la ciudad de Zaragoza, se utilizarán los siguientes criterios:

b) Los Médicos y Enfermeros que ocupan plaza de EAP realizan como jornada complementaria las siguientes horas de guardia:
Equipos rurales hasta 708 horas.
Equipos urbanos (considerando como tal a los que tienen en el municipio de cabecera más de 8000 habitantes) hasta 425 horas.

La redacción de este punto es totalmente inadecuada ya que puede interpretarse, según ellos erróneamente, como unos nuevos criterios que fijan el máximo de horas de Atención Continuada a realizar por los titulares, bajando de 850 a 708 en los EAP <> 8000 hab.
Insisten en que no es así, que se mantienen los actuales criterios de máximos de Atención Continuada y que estas cifras se utilizan solo para calcular en nº de refuerzos a estabilizar en cada EAP.
Demostramos con ejemplos concretos que estos criterios conducirían en algunos EAP a crear plazas sin opción a jornada complementaria, incluso plazas que no podrían cumplir ni siquiera su jornada anual de 1500-1600 horas. No han hecho cálculos y, si los han hecho, no los explicitan.
Por todo ello consideramos esta propuesta inaceptable, ya que genera confusión y será fuente segura de conflicto en muchos EAP.

d) Los Médicos y Enfermeros de Atención Continuada en Atención Primaria realizarán todas las sustituciones de las vacaciones y días de libre disposición de los miembros de los EAP hasta cubrir, como mínimo, el 35% de su jornada ordinaria.

Nuevamente la errata de “mínimo”? Ya es casualidad.

e) Cuando los restos de los números enteros resultantes del cálculo del número de profesionales necesarios en cada Zona de Salud sean del 0,8 o superiores se creará una plaza en el centro de salud. Cuando sean inferiores a 0,8 los restos se acumularán para calcular el número de plazas adscritas al Sector.

A analizar caso por caso. Además, consideramos inaceptable la figura de refuerzo de sector si no se normatiza las condiciones especiales de este puesto de trabajo (consideración del tiempo de desplazamiento como jornada laboral, indemnización por desplazamiento, plus de penosidad, ...).

2.- Al objeto de calcular las plazas de Médicos y Enfermeros de Atención Continuada en Atención Primaria en la ciudad de Zaragoza se tendrán en cuenta el número de horas de Atención Continuada que deben realizar los médicos de familia y enfermeros de los Centros de Salud, creándose una plaza hasta 1.500 horas de atención continuada, y dos plazas cuando se rebase ese número de horas.


Inaceptable. Según esto se estabilizan tantos refuerzos por EAP urbano como puesto de guardia tengan definidos, con un máximo de dos. Además la previsión del SALUD es mantener el horario actual de Atención Continuada (de 5 a 8) y, posiblemente, cerrar parte de los centros los sábados. Como estos refuerzos tienen que hacer unas ¡800 h/año de sustituciones! (50 % de 1598) o sea 114 días, a ver quien organiza esto. Kafkiano.


CONCLUSIÓN: Propuesta absolutamente inaceptable que bajo ningún concepto será asumida por CEMSATSE, si no se modifica:

Para los centros que actualmente realizan guardias de 16-24 horas
- Jornada de trabajo: en torno a 1500 h/año (rurales)
- Porcentaje de sustituciones individualizado para cada EAP, con un máximo del 20 % sobre una jornada de 1500 horas que, excepcionalmente, podría ampliarse previa propuesta razonada de la administración y con la aprobación del grupo de trabajo.
- Complemento de productividad por TIS = media del EAP.
- A efectos de vacaciones y permisos, las necesidades de servicio deben ser única y exclusivamente las derivadas de la cobertura de la Atención Continuada (punto a de “Funciones”).
- Para establecer el número de plazas a estructurar se realizará una simulación EAP por EAP con el criterio general de 708 horas de Atención Continuada para el total de la plantilla, y 150 horas de sustituciones para cada plaza a estructurar; con el resultado de esa simulación y previa justificación se realizarán los ajustes pertinentes que deberán contar con la aprobación del grupo de trabajo o comisión de seguimiento del acuerdo.

Para los centros que actualmente realizan guardias de 3-11 horas:
- Porcentaje de sustituciones individualizado para cada EAP.
- Ampliar el actual horario de Atención Continuada en días laborables de 15 a 20,30 horas.
- Complemento de productividad por TIS = media del EAP.
- A efectos de vacaciones y permisos, las necesidades de servicio deben ser única y exclusivamente las derivadas de la cobertura de la Atención Continuada (punto a de “Funciones”) y las que específicamente se establezcan para cobertura del periodo vacacional.
- Para establecer el número de plazas a estructurar se realizará una simulación EAP por EAP, sumando el total de horas de sustituciones que pueden realizar y el total de horas de atención continuada a realizar, dividiendo la cifra resultante por 1598 h. Con el resultado de esa simulación y previa justificación se realizarán los ajustes pertinentes que deberán contar con la aprobación del grupo de trabajo o comisión de seguimiento del acuerdo.

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