sábado, 20 de marzo de 2010

Los paraisos sanitarios no están tan lejos

Varios compañeros nos han pedido que informemos sobre situaciones laborales en otras comunidades pues se han planteado la posibilidad de emigrar para encontrar estabilidad y condiciones mas acordes con sus pretensiones.
Aunque ya las hemos expuesto en varias ocasiones, os mandamos la mas reciente enviada por un compañero de Castilla la Mancha hace unos días y dirigida a la vocal de médicos en precario del Colegio de Médicos de Zaragoza Isabel Marruedo.
Os la transcribimos literalmente. La verdad es que una vez analizado no hay mucho que pensar si tu situación de arraigo familiar te lo permite. 

Estimada compañera:
 
Te adjunto de nuevo condiciones laborales de Personal Estatutario de Atención Continuada de Castilla la Mancha, esperando que puedas abrirlo.
 
Un cordial saludo. Pepe
 
  PEAC (PERSONAL ESTATUTARIO PARA ATENCION CONTINUADA

CASTILLA LA MANCHA


AMBITO FUNCIONAL Y TERRITORIAL.-

Los nombramientos son para el ámbito de un Area de Salud, si bien en las diligencias del nombramiento consta asignación preferente a una Zona Básica de Salud.

Se garantizarán las necesidades organizativas y asistenciales de los Centros de Salud del Area. Los PEAC participaran en la cobertura de incidencias que surjan en su ámbito de actuación junto con el EAP.

Los incentivos en el contrato de gestión irán de forma peculiar, debidamente diferenciada respecto a los objetivos sanitarios del EAP.


ESTRUCTURA RETRIBUTIVA.-

Según criterios generales establecidos en el Estatuto Marco, en función de su grupo de clasificación.

Retribuciones básicas:

  • Sueldo base

  • Pagas extraordinarias (2 al año)

  • Trienios


Retribuciones complementarias:

  • Complemento destino nivel 24

  • Complemento especifico

  • Complemento productividad fija

  • Complemento de la Junta de Comunidades de Castilla la Mnacha

  • Complemento de Atencion continuada

  • Complemento de Productividad variable (incentivos) en terminos especificados en contrato gestión.


TIEMPOS DE TRABAJO Y DESCANSOS.-

Jornada ordinaria: 1500 horas anuales

Jornada complementaria: 48 horas semanales de trabajo efectivo en computo semestral, no pudiendo superarse la duración máxima conjunta de jornadas que señala el Estatuto Marco. Para realizar más de 48 horas ininterrumpidas se requiere consentimiento individual del trabajador sanitario.

La jornada de trabajo efectivo será en módulos ininterrumpidos de 24 horas fines de semana y festivos y de 17 horas en días laborables.


LICENCIAS Y PERMISOS.-

Se aplican normas de Ley 55/2003 de 16 de Septiembre que aprueba el Estatuto Marco. Se establecen siguientes especialidades:


  • Permiso asuntos particulares: 56 horas naturales anuales disfrutables en periodos de 24 ó 17 horas.

  • Todas las ausencias o licencias regladas del Personal Estatutario quedan supeditadas a las necesidades del servicio estableciendo Programación Funcional del Centro.


FORMACION.-

Programación formativa continuada en mismas condiciones que resto de profesionales, confeccionandose especificamente al citado colectivo.

Nota: los PEAC se vinculan al Servicio de Salud mediante relación interina.

RETRIBUCIONES

  • DIAS LABORABLES: 28 € / hora

  • SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS: 30 € / hora

  • 5ª GUARDIA Y SUCESIVAS: 35 € / hora

  • DIAS ESPECIALES (24,25,31 Diciembre y 1,5,6 Enero): 40 € /hora


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